Objetivos
Tendrá por finalidad prestar apoyo administrativo al Alcalde y al Concejo Municipal, de acuerdo con los términos fijados por la Ley.
Funciones
- Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del concejo;
- Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales, y
- Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la Ley N° 18.575.
- Llevar el registro municipal a que se refiere el artículo 6° de la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
Dependen de la Secretaría Municipal:
- Oficina de Partes
- Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS)
- Transparencia Municipal
- Oficina de Decretos y Archivos
Art. 20
Ver más en el siguiente link: Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.