Dirección de Obras

Dirección

Juan Esteban Montero N°25

Teléfono

75-2555337

 

Email

obras@mlicanten.cl

Horario de Atención

Lunes a Viernes  8:30 a 14:00 Hrs.


Objetivos

Procurar el desarrollo urbano de la comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes.

 


Funciones

 

  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, normas técnicas, del Plan Regulador Comunal (o seccional) y de las ordenanzas generales correspondientes.
  • Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
  • Aplicar normas legales y técnicas para prevenir el deterioro ambiental.
  • Proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural, la construcción de viviendas sociales e infraestructura sanitaria.
  • Proponer a la autoridad superior medidas de prevención y soluciones frente a situaciones de emergencias.
  • Confeccionar, archivar, custodiar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
  • Ejecutar medidas de mantención relacionadas con la vialidad urbana y rural cuando corresponda.
  • Colaborar en la implementación de políticas ambientales dentro de la comuna con el objeto de mejorar la calidad de vida de los habitantes.
  • Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, ejecutadas directamente o a través de terceros.
  • Realizar las obras de mantención y reparaciones menores de los bienes municipales, confeccionando el presupuesto de dichas obras.
  • Colaborar con las demás unidades en la elaboración, ejecución y control de programas sociales relacionados con las materias de su competencia.
  • En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.

 


Dependen de la Dirección de Obras:

- Aseo y Ornato

- Inspección de Obras

- Departamento de Tránsito

- Bodega Municipal 

 


Art. 24

Ver más en el siguiente link: Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.