El Plan Comunal de Desarrollo, PLADECO, tal como aparece mencionado en la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, es uno de los instrumentos de planificación comunal con que cuentan los municipios junto al Plan Regulador y la elaboración del Presupuesto Municipal.
De acuerdo a la ley antes mencionada, el PLADECO es un instrumento rector del desarrollo en la comuna, contemplará las acciones las acciones orientadas a satisfacer las necesidades de la comunidad local y promover su avance social, económico y cultural.
Su vigencia mínima será de cuatro años, sin que necesariamente deba coincidir con el periodo de desempeño de las autoridades municipales electas por la ciudadanía. Su ejecución deberá someterse a evaluación periódica, dando lugar a los ajustes y modificaciones que correspondan.