Recaudar y percibir en forma eficiente los distintos ingresos municipales, y a su vez, efectuar oportunamente los pagos municipales, custodiar los egresos, así como los fondos, valores y títulos municipales.
Funciones
Recaudar y percibir los ingresos por los distintos conceptos, tales como impuestos, contribuciones, derechos municipales y otros ingresos en conformidad a la ley y depositarlos en las cuentas corrientes bancarias;
Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas y demás valores municipales.
Informar a los contribuyentes sobre los nuevos sistemas de pagos de los tributos fiscales y municipales.
Debe efectuar la cobranza de impuestos y derechos municipales, se encuentren estos morosos o no. Recibir y conservar toda clase de instrumentos de garantía, extendidas a favor de la municipalidad.
Vender las especies valoradas municipales y otras que determine la autoridad a los usuarios.
Efectuar oportunamente el pago de las obligaciones municipales que mediante decreto disponga el Alcalde, con cargo a las cuentas respectivas atendida la naturaleza del egreso;
Depositar en las cuentas corrientes autorizadas por el Banco respectivo los fondos recaudados.
Establecer cajas recaudadoras en los lugares y por el tiempo que sean necesarias, para los objetivos del municipio.
Diseñar, implementar y mantener un registro con los documentos que ingresan y salen de la tesorería.
Efectuar la rendición mensual de cuentas de la caja municipal, con sus ajustes y antecedentes para la confección de las conciliaciones bancarias.
Deberá dejar inutilizada la documentación de respaldo de los diferentes pagos mediante el estampado en dichos documentos la palabra “inutilizable” o “pagado”.
Remitir, diariamente al Alcalde, un Estado de Movimiento de Fondos.
Revisar el comportamiento real de los ingresos y egresos en relación al presupuesto de caja e informar al dpto. de finanzas.
Efectuar el pago de las remuneraciones al personal.
Atención de público en general.
Asumir cualquier otra función que le señale la Ley o el Alcalde, en conformidad con el ordenamiento jurídico.